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jueves, 2 de abril de 2020


Permiso para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de Estudios Ambientales


¿En qué consiste el permiso para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales?
Es la autorización previa que otorga la CAR para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales con el fin de solicitar y/o modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones.

Es importante tener claro los siguientes términos:

Captura: Entiéndase como la acción de apresar un espécimen silvestre de forma temporal o definitiva, ya sea directamente o por medio de trampas diseñadas para tal fin.
Estudios ambientales: Son aquellos estudios que son exigidos por la normatividad ambiental, para la obtención modificación de una licencia ambiental o su equivalente permiso, concesión autorización y cuya elaboración implica realizar cualquier actividad de recolecta de especímenes silvestres de la diversidad biológica.
Grupo Biológico: Conjunto de organismos emparentados, que han sido agrupados de acuerdo con características comunes tales como: morfología, taxonomía, genotipo, etc.
Espécimen de especie silvestre de la diversidad biológica: Todo organismo de la diversidad biológica vivo o muerto o cualquiera de sus productos, partes o derivados en adelante referido únicamente como espécimen.
Información asociada a los especímenes recolectados: Es aquella información básica inherente a los especímenes, tal como la especie o el nivel taxonómico más bajo posible; localidad de recolecta (incluyendo altitud y coordenadas geográficas); fecha de recolecta y colector, entre otras.
Metodologías establecidas: Hace referencia a los métodos o procedimientos que el usuario debe utilizar para llevar a cabo la adecuada recolección y preservación.
Dichas metodologías deberán atender a estándares de calidad, con técnicas válidas para la obtención de la información en las áreas objeto de estudio; estas deben ser referenciadas y aprobadas a nivel nacional y/o internacional.
Perfil de los profesionales: conjunto de riesgos profesionales que caracterización a las personas que llevaran a cabo las actividades reguladas en el presente decreto, que cuenten con un conocimiento de los diferentes grupos biológicos a caracterizar y de sus correspondientes metodologías.

¿Cuáles son los beneficios ambientales y/o sociales cuando se cuenta con este permiso?
Realizar las actividades de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con la finalidad de elaborar estudios ambientales, permite tener un control dirigido a la preservación de la diversidad biológica, ya que su uso y aprovechamiento está vigilado bajo los parámetros de las autoridades ambientales, así como el uso de los recursos genéticos de estas especies silvestres.

¿Qué responsabilidad ambiental se debe asumir cuando se adelanta esta actividad sin el respectivo permiso?
Las personas que adelanten la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales sin el debido permiso, asumirán la imposición de cualquiera de las siguientes medidas preventivas por parte de la autoridad ambiental:
• Amonestación escrita.
• Decomiso preventivo de productos, elementos, medios o implementos utilizados para cometer la infracción.
• Aprehensión preventiva de especímenes, productos y subproductos de fauna y flora silvestres.
• Suspensión de obra o actividad cuando pueda derivarse daño o peligro para el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud humana o cuando el proyecto, obra o actividad se haya iniciado sin permiso, concesión, autorización o licencia ambiental o ejecutado incumpliendo los términos de los mismos.

De igual forma, el Inicio de un procedimiento sancionatorio ambiental, según sea el caso, y consecuentemente la imposición de las siguientes sanciones establecidas en la Ley 1333 de 2009:
• Multas diarias hasta por cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
• Decomiso definitivo de especímenes, especies silvestres exóticas, productos y subproductos, elementos, medios o implementos utilizados para cometer la infracción.
• Restitución de especímenes de especies de fauna y flora silvestres.
• Trabajo comunitario según condiciones establecidas por la autoridad ambiental.

Así mismo, el interesado debe conocer que su actividad está aportando al detrimento y posterior agotamiento de los recursos biológicos, sumado al posible desaparecimiento de especies de fauna y flora silvestre, y por consiguiente la amenaza para la supervivencia de la humanidad.

Documentación que se debe anexar a la solicitud:
• Formato de solicitud de permiso de estudios con fines de elaboración de estudios ambientales debidamente diligenciado, en el que se indique la ubicación departamento(s) y/o municipio(s), donde se va a llevar a cabo la recolecta de especímenes.
• Documento que describa las metodologías establecidas para cada uno de los grupos biológicos objeto de estudio.
• Documento que describa el perfil que deberán tener los profesionales que intervendrán en los estudios.
• Copia del documento de identificación del solicitante del permiso.
• Costo del proyecto, obra o actividad.

NORMATIVA:
Ley 99 de 1993 y Decreto 1076 de 2016 - Artículo 2.2.2.9.2.1.

¿Cuáles son las entidades encargadas de recibir y otorgar el permiso?

• Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA cuando de acuerdo con la solicitud del permiso las actividades de recolección se pretendan desarrollar en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales.
• Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible, Autoridades Ambientales de los Grandes Centros Urbanos y las autoridades ambientales creadas en virtud de la Ley 768 de 2002, cuando las actividades de recolección pretendan desarrollar exclusivamente en sus respectivas jurisdicciones, de acuerdo con la solicitud del interesado.
• Parques Nacionales Naturales de Colombia, cuando las actividades de recolección se pretendan desarrollar exclusivamente al interior de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

Características del presente permiso:
El permiso referenciado en este documento, protege la recolecta de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica realizada durante su vigencia en el marco de la elaboración de uno o varios estudios ambientales. Podrá otorgarse hasta por dos años, según la índole de los estudios.
La obtención del permiso, constituye un trámite previo dentro del proceso de licenciamiento ambiental y no implica la autorización de acceso y aprovechamiento de los recursos genéticos.

¿Cómo se tramita este permiso?
• En la página web www.gov.co, donde podrá descargar y diligenciar el Formato de Solicitud de Permiso de Estudios con fines de elaboración de Estudios Ambientales, adjuntando los documentos solicitados en el mismo.
• Radicando la solicitud (Formulario respectivo y anexos) ante la Dirección Regional correspondiente o en la sede central de la CAR.

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