Permiso para la
recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica
con fines de elaboración de Estudios Ambientales
¿En qué consiste el permiso para la recolección de especímenes de
especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de
estudios ambientales?
Es la autorización previa que otorga la CAR para la recolección de
especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de
elaboración de estudios ambientales con el fin de solicitar y/o modificar
licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o
autorizaciones.
Es importante tener claro los siguientes términos:
Captura: Entiéndase como la acción de
apresar un espécimen silvestre de forma temporal o definitiva, ya sea
directamente o por medio de trampas diseñadas para tal fin.
Estudios ambientales: Son aquellos
estudios que son exigidos por la normatividad ambiental, para la
obtención modificación de una licencia ambiental o su equivalente permiso,
concesión autorización y cuya elaboración implica realizar cualquier
actividad de recolecta de especímenes silvestres de la diversidad
biológica.
Grupo Biológico: Conjunto de organismos
emparentados, que han sido agrupados de acuerdo con
características comunes tales como: morfología, taxonomía, genotipo,
etc.
Espécimen de especie silvestre de la diversidad biológica: Todo organismo de la diversidad biológica vivo o muerto o cualquiera
de sus productos, partes o derivados en adelante referido únicamente
como espécimen.
Información asociada a los especímenes recolectados: Es aquella información básica inherente a los especímenes, tal como la
especie o el nivel taxonómico más bajo posible; localidad
de recolecta (incluyendo altitud y coordenadas geográficas); fecha de
recolecta y colector, entre otras.
Metodologías establecidas: Hace referencia a
los métodos o procedimientos que el usuario debe utilizar para llevar
a cabo la adecuada recolección y preservación.
Dichas metodologías deberán atender a estándares de calidad, con
técnicas válidas para la obtención de la información en las áreas objeto
de estudio; estas deben ser referenciadas y aprobadas a nivel
nacional y/o internacional.
Perfil de los profesionales: conjunto de
riesgos profesionales que caracterización a las personas que llevaran
a cabo las actividades reguladas en el presente decreto, que cuenten con
un conocimiento de los diferentes grupos biológicos a caracterizar y de
sus correspondientes metodologías.
¿Cuáles son los beneficios ambientales y/o sociales cuando se cuenta
con este permiso?
Realizar las actividades de recolección de especímenes de especies
silvestres de la diversidad biológica con la finalidad de elaborar
estudios ambientales, permite tener un control dirigido a la preservación
de la diversidad biológica, ya que su uso y aprovechamiento está vigilado
bajo los parámetros de las autoridades ambientales, así como el uso
de los recursos genéticos de estas especies silvestres.
¿Qué responsabilidad ambiental se debe asumir cuando se adelanta
esta actividad sin el respectivo permiso?
Las personas que adelanten la recolección de especímenes de especies
silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de
estudios ambientales sin el debido permiso, asumirán la imposición de
cualquiera de las siguientes medidas preventivas por parte de
la autoridad ambiental:
• Amonestación escrita.
• Decomiso preventivo de productos, elementos, medios o
implementos utilizados para cometer la infracción.
• Aprehensión preventiva de especímenes, productos y subproductos de
fauna y flora silvestres.
• Suspensión de obra o actividad cuando pueda derivarse daño o peligro
para el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud
humana o cuando el proyecto, obra o actividad se haya iniciado sin
permiso, concesión, autorización o licencia ambiental o
ejecutado incumpliendo los términos de los mismos.
De igual forma, el Inicio de un procedimiento sancionatorio
ambiental, según sea el caso, y consecuentemente la imposición de las
siguientes sanciones establecidas en la Ley 1333 de 2009:
• Multas diarias hasta por cinco mil (5.000) salarios
mínimos mensuales legales vigentes.
• Decomiso definitivo de especímenes, especies silvestres
exóticas, productos y subproductos, elementos, medios o implementos
utilizados para cometer la infracción.
• Restitución de especímenes de especies de fauna y flora silvestres.
• Trabajo comunitario según condiciones establecidas por la
autoridad ambiental.
Así mismo, el interesado debe conocer que su actividad está
aportando al detrimento y posterior agotamiento de los recursos
biológicos, sumado al posible desaparecimiento de especies de fauna y
flora silvestre, y por consiguiente la amenaza para la supervivencia de
la humanidad.
Documentación que se debe anexar a la solicitud:
• Formato de solicitud de permiso de estudios con fines de elaboración de
estudios ambientales debidamente diligenciado, en el que se indique la
ubicación departamento(s) y/o municipio(s), donde se va a llevar a cabo la
recolecta de especímenes.
• Documento que describa las metodologías establecidas para cada uno de los
grupos biológicos objeto de estudio.
• Documento que describa el perfil que deberán tener los profesionales que
intervendrán en los estudios.
• Copia del documento de identificación del solicitante del permiso.
• Costo del proyecto, obra o actividad.
NORMATIVA:
Ley 99 de 1993 y Decreto 1076 de 2016 - Artículo 2.2.2.9.2.1.
¿Cuáles son las entidades encargadas de recibir y otorgar el permiso?
• Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA cuando de acuerdo
con la solicitud del permiso las actividades de recolección se pretendan
desarrollar en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales.
• Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible,
Autoridades Ambientales de los Grandes Centros Urbanos y las autoridades
ambientales creadas en virtud de la Ley 768 de 2002, cuando las
actividades de recolección pretendan desarrollar exclusivamente
en sus respectivas jurisdicciones, de acuerdo con la solicitud del
interesado.
• Parques Nacionales Naturales de Colombia, cuando las actividades de
recolección se pretendan desarrollar exclusivamente al interior de las
áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
Características del presente permiso:
El permiso referenciado en este documento, protege la recolecta de
especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica realizada
durante su vigencia en el marco de la elaboración de uno o varios
estudios ambientales. Podrá otorgarse hasta por dos años, según la
índole de los estudios.
La obtención del permiso, constituye un trámite previo dentro del
proceso de licenciamiento ambiental y no implica la autorización de acceso
y aprovechamiento de los recursos genéticos.
¿Cómo se tramita este permiso?
• En la página web www.gov.co,
donde podrá descargar y diligenciar el Formato de Solicitud de
Permiso de Estudios con fines de elaboración de Estudios Ambientales,
adjuntando los documentos solicitados en el mismo.
• Radicando la solicitud (Formulario respectivo y anexos) ante la
Dirección Regional correspondiente o en la sede central de la CAR.

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